Santo Domingo: La decisión anunciada por el ministro dominicano de Deportes, Kelvin Cruz, de prohibir a la selección nacional de Haití disputar en el futuro partidos en las instalaciones deportivas de la República Dominicana plantea una importante cuestión de principio.Tras los incidentes ocurridos en los alrededores del estadio Félix Sánchez durante el partido del 1 de octubre, las autoridades dominicanas anunciaron esta medida. Posteriormente, el presidente Luis Abinader indicó que esta posición también contaba con el respaldo de su gobierno.
Sin embargo, hay un elemento esencial que debe recordarse: Haití no eligió unilateralmente jugar este partido en la República Dominicana. Se trataba de un encuentro correspondiente a la Liga de Naciones de la Concacaf 2026-2027, oficialmente incluido en el calendario de la competición entre República Dominicana y Haití.
En otras palabras, la presencia de la selección haitiana en la República Dominicana no fue el resultado de una decisión particular de la Federación Haitiana de Fútbol de elegir el territorio dominicano como sede. El encuentro formaba parte del marco oficial de una competición organizada por la Concacaf.
Por lo tanto, es necesario distinguir entre las diferentes responsabilidades. Si efectivamente ocurrieron incidentes, estos deben ser investigados seriamente. Las conductas individuales que hayan sido consideradas indebidas deben ser identificadas y, una vez comprobados los hechos, sus responsables podrán ser objeto de las sanciones correspondientes.
Pero también es importante no confundir la eventual responsabilidad de determinadas personas con la responsabilidad de toda una selección nacional o de toda una federación.
Esta distinción resulta aún más relevante teniendo en cuenta que el presidente de la Federación Dominicana de Fútbol, José Deschamps, se refirió al papel de la Concacaf en la supervisión del dispositivo de seguridad y de la organización del encuentro.
Por ello, la cuestión que se plantea es sencilla: ¿puede una selección nacional ser sancionada colectivamente o ser excluida del territorio como consecuencia de incidentes cuyas responsabilidades individuales y organizativas aún deben ser claramente establecidas, cuando el partido en cuestión formaba parte de una competición organizada oficialmente por la Concacaf?
No se trata de minimizar los incidentes ni de negar a las autoridades dominicanas su derecho a adoptar medidas de seguridad. Se trata, más bien, de recordar que una decisión de tal alcance debería tener en cuenta todas las circunstancias, el papel de cada una de las partes y el marco institucional en el que se organizó el encuentro.
En definitiva, Haití no decidió simplemente venir a jugar a la República Dominicana: el partido República Dominicana–Haití formaba parte del calendario oficial de la Concacaf. Este es un elemento esencial que debe ser tomado en consideración en cualquier debate sobre la decisión de prohibir a la selección haitiana disputar encuentros en territorio dominicano.
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